La Corte Constitucional recuerda las seis garantías que amparan el fuero de maternidad

La Corte Constitucional recuerda las seis garantías que amparan el fuero de maternidad

La Corte Constitucional recuerda las seis garantías que amparan el fuero de maternidad

La Corte Constitucional, mediante la Sentencia T-333 de 2025, reiteró la importancia del fuero de maternidad como un derecho fundamental que protege a las trabajadoras embarazadas y lactantes frente a despidos injustificados o condiciones laborales discriminatorias.

El alto tribunal recordó que este fuero no se limita al tiempo de embarazo ni a las 18 semanas posteriores al parto, sino que se extiende durante todo el periodo de lactancia, en coherencia con los principios de dignidad humana, igualdad y protección integral de la familia.

La decisión surge a raíz de un caso en el que una mujer fue desvinculada cuando su hijo tenía 16 meses. La Corte ordenó su reintegro inmediato, el pago de los salarios y prestaciones dejadas de percibir, y la garantía de un espacio digno para la extracción de leche materna en el lugar de trabajo.

🔹 Seis garantías que abarca el fuero de maternidad

Prohibición del despido durante el embarazo y el periodo de lactancia, salvo justa causa comprobada.

Autorización previa del Inspector de Trabajo para cualquier desvinculación en ese periodo.

Presunción de despido discriminatorio cuando ocurre dentro del tiempo protegido.

Indemnización equivalente a 60 días de salario en caso de despido injustificado.

Pago de la licencia de maternidad no disfrutada, si la trabajadora fue desvinculada antes de gozarla.

Nulidad del despido efectuado durante la licencia o descanso por maternidad o lactancia.

🩺 Llamado a las entidades de salud de La Guajira

El Diario La Guajira hace eco del pronunciamiento de la Corte y extiende un llamado a las instituciones de salud públicas y privadas del departamento para reforzar sus políticas de bienestar laboral y garantizar condiciones seguras, humanas y respetuosas para el personal femenino que transita por procesos de maternidad.

En contextos hospitalarios y asistenciales —donde las jornadas y exigencias son mayores—, la protección del fuero de maternidad debe asumirse como un compromiso ético y legal, no solo por obligación normativa, sino por respeto a la vida, la salud y el desarrollo integral de la primera infancia.

“La protección de la mujer gestante es un indicador de civilización y respeto por la vida. Los hospitales, clínicas y entidades del sector salud deben ser ejemplo en la defensa de estos derechos”, puntualizó una fuente jurídica consultada por este medio.

Diario La Guajira

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